ESCUDO DE AVEllANEDA (VIZCAYA)
Esta tierra vizcaína, cuando el Rey castellano Enrique IV, según el historiador de los reyes Católicos, Alfonso de Palencia, escribe sobre el viaje del citado Rey a Vizcaya, en el año 1.457. Describe una tierra pobre de los pueblos fronterizos de Navarra. Marchó la comitiva real entrando en el país vasco por Vitoria a unas tierras, que ningún rey había pensado en pisarla.
Texto escrito por Alfonso de Palencia:
Marcharon todos a Vitoria. En aquella ciudad amena y de campiña muy fecunda, el Rey resolvió pasar la Cuaresma.
Pero al poco de llegar dejó allí a la reina con los cortesanos y toda su recamara, y partió para los estrechos valles de Vizcaya y Guipuzcoa.
En tiempos anteriores estos guipuzcoanos ocupaban una parte de Navarra. Ahora tienen a un lado las sierras altas que forman la frontera con Navarra. mientras que el otro llega hasta el Atlántico y puertos de Vizcaya , extendiéndose del norte un poco al oeste; pero si te desvías un poco hacia el este veras en frente del ultimo valle, colindante como queda dicho con Navarra y separada de el por un pequeño estuario del mar, la marca de los gascones.
Estos son muy semejantes en lengua, traje y costumbres a lo navarros, guipuzcoanos y vizcaínos, salvo que los gascones no se dedican a la navegación, que ejercitan los vascos y guipuzcoanos a tan gran escala por carecer de frutos de la tierra y no tener mas vino que el que se permite importar de Navarra o de Gascuña.
Los gascones habitan las faldas septentrionales del Pirineo donde la cordillera pirenaica se extiende al este. Su frontera oriental con el llano de Aquitanea, la marca el río Garona con la ciudad de Toulouse en la otra orilla: el reto esta circundado por la costa atlántica y el mismo río, el cual recibe al desembocar en el Atlántico el nombre aumentado de Gironde-Garonne al principio, Gironde al final.
Al igual que el río, los habitantes se distinguen entre si, en costumbres y lengua, pues los mas próximos a las faldas del Pirineo, se parecen a los vascos y navarros, mientras los que ocupan las orillas del Garonne o Gironde y los campos de Aquitaine, se parecen mas a los franceses.
No obstante, unos y otros indígenas aventajan al resto del pueblo francés, en esfuerzo guerrero, por mucho que Cesar afirme serle superiores los belgas.
Tanto los navarros y vizcaínos como los gascones viven desgarrados por sangrientas banderías y eternas e impecables rivalidades.
En estas contiendas consumen los vizcaínos y guipuzcoanos las riquezas que sus expediciones marítimas les preocupan, como los navarros y gascones los abundantes frutos que su tierra produce.
Todos se entregan al robo, y tratan de engrosar las fuerzas de sus bandos celebrando banquetes comunales de amistad con sus aliados, en los que gastan la mayor parte de su tiempo.
No obedecen leyes, ni son capaces de ser sometidos a ninguna disciplina; su idioma, como sus costumbres, no tiene semejanza con ningún otro pueblo.
Sin embargo, igualan o superan en una cosa, la avaricia, a todos los demás pueblos, incluso los más avaros; aun entre padres e hijos practican la usura.
A las veces conceden amigable hospitalidad a los viajeros, pero siempre tragan sedientos su oro, y con frecuencia los asaltan en su marcha por los bosques y les exigen un donativo generoso o libertad bondadosa con palabras humildes, casi como si fuesen ellos mismos los merecedores de compasión, a pesar de que están amenazando de atravesar a sus victimas con saetas o lanzas, si no acceden a sus peticiones.
Por lo general , sin embargo, se contentan con unas cuantas monedas, y luego no solo se consagran a la seguridad del dadivoso, sino que ademas se ofrecen a acompañarlo por un trecho del canino para que no caiga en manos de otros salteadores.
Por otra parte, cuando estos resultan ser de mismo bando, le prestan una escolta segura y lo acompañan cortésmente; pero una vez llegados al hospedaje, todos restauran las fuerzas con uno de las banquetes, y a falta de vino, que en aquel país tiene alto precio, es el huésped viajero quien tendrá que cuidar de alimentarlos abundantemente y ricamente con sidra y pan a un precio exorbitante.
Pero disimulan todas estas faltas con el pretexto de su antiguo abolengo, esfuerzo de animo y consumada destreza
Estos temas escritos en el siglo XIV por el historiador de los Reyes Católicos y del Rey Enrique IV, Alfonso de Palencia, nos describe una serie de hechos de una tierra estéril, que por eso, en el trascurso de los años, han hecho a sus habitantes austeros, con un idioma muy suyo, donde él describe un suelo solo rico en hierro y acero.
La f orma de ser de este pueblo y su riqueza, viene reflejado por los Fueros que tenía el Señorío de Vizcaya; Titulo Treinta y Tres, Ley I, Titulo Treinta y Tres, Ley IV.
Ley I. Que había de Fuero, uso y costumbre establecían por Ley, que por cuanto de siempre acá tuvieron los vizcaínos costumbre antigua, franqueza y libertad (por ser Vizcaya tierra montañosa, do no se siembra ni coge pan, ni tienen las otras vituallas en la tierra )de que se puede sustentar, y se mantienen y sustentan de pan y carne y pescado y de los otras vituallas que les vienen de Francia y de Portugal e Inglaterra, y de otros reinos (…)
Ley IV. Que había de Fuero y libertad y establecían por Ley que todo vizcaíno, en Vizcaya, sea exento y libre de vender en su casa o comarca de ella pan y vino y carne, y toda otra cualquier vianda o vitualla a precio de los fieles de aquella anteiglesia, y lo mismo sen para comprar, salvo si el pueblo o las dos partes del pueblo se concertaren a hacer alguna ordenanzo en contrario, que lo puedan hacer y valga lo que así ordenaren, sin embargo de esta Ley.
En el Señorío de Vizcaya, estas leyes sancionadas por los reyes castellanos, detallan la pobreza que tenían estas tierras, año 1526, Rey Felipe II, Actas de Villa y Ciudad, página 110, “esta tierra es muy pobre, y estéril, al presente mas que nunca, y porque es tierra montañosa” sigue en la misma acta de los años 1571 a 1582, página 127, “no tenían dinero para reparar los puentes y caminos
Otro rey castellano, Fernando VI, Juntas de Avellaneda, años 1729 a 1740, pagina 23. En las Encartaciones no había Posito alguno. (Posito, local donde se guardan los granos que se tienen de las cosechas de los pueblos), y solicitan del Rey, que las contribuciones o pagos a la corona, se hagan en el mes de Agosto, después de recoger las cosechas. Juntas de Avellaneda años 1596 a1613, página 197
Las Tercias, era un impuesto que se deducía de los diezmos Eclesiásticos, en beneficio del Rey. Las Tercias de estas tierras, no lo recibía el Rey, si no que se distribuía para comprar el trigo para esta comarca. Tomo I, índice general de Villas y Ciudad, Regimiento General, Guernica 1536, página 235.
Estas tierras estaban muy faltas de trigo y otros alimentos, pero tenían los efectos de la peste que les asolaba, por ello las Juntas de Avellaneda legislaron en el 1.718 la necesidad de evitar la entrada de mercancías, diciendo lo siguiente : que si llegase algún barco de los puertos y costas a este Noble Señorío, con carga de trigo u otra, no se le admita, antes bien se den providencias para echarlo al mar , por haber tenido noticias, viene infectada de enfermedad contagiosa
En las Juntas de Guernica de los años 1816, pagina 44, 1820 página 8, y 1831 páginas 32, y 33. Manifiestan: provincia, se pagaba a 45 reales la fanega de maíz, y 60 reales la fanega de la extracción de trigo, era muy escasa en esta trigo, año 1816. En esta tierra se desconocía , la cebada, la avena, los garbanzos y los yerros. 1820. En el año de 1831, manifiestan que vegetales se pueden cultivar, y cuales se pueden aclimatar para esta provincia.
El movimiento del trigo, era muy importante como era antes y ahora, trayéndolo de Andalucía , Tierra de Campos, Francia, Repartimiento General año 1.536, página 375, y año 1571, página 138. Tan bien entraba trigo, de Álava y Vitoria, valle de Mena, Castilla la Vieja, Actas de las Villas y Ciudad, tomo II, año 1571, páginas 83 y 150. El Señorío de Vizcaya legisla diciendo. Que no se saque trigo de Castilla, donde normalmente lo saca Vizcaya.
No se podía andar en esta tierra en cabalgaduras con freno, porque esta tierra es estéril, y no se pueden tener caballos, que se suplique a su alteza, pues de esta tierra no se puede servir de caballos, tenga por bien que en cualquier cabalgadura se puede andar con silla y freno. Índice General. Villas y Ciudad. Regimiento General. Guernica 1536, página 242.
Esta tierra tenía poco pasto para el ganado. Repartimiento General . Villas y Ciudad. Año 1536, páginas 288 y, 289.
En el siglo XII, Europa occidental había unos 40.000.000 de habitantes, Inglaterra era el país que mas había aumentado la población. España por causa de la reconquista, y las guerras, ocasionó un estancamiento de población , Europa paso a tener 55.000.000 de habitantes, los Países Bajos, con Alemania, llegaron a 15.000.000, Francia 14.000.000, Italia 11.000.000. y España y Portugal 6.000.000. La peste negra, en el siglo XIV, asolo Europa llegando a morir cerca de 10.000.000, personas pero se recupero al siglo siguiente, por aumento de productos alimenticios. Al terminar la época antigua, residía en el Mediterráneo el centro de gravedad de la población, ya en la edad media se trasladó a la zona de Flandes, llegando a 50 personas por kilómetro cuadrado, en España, por los motivos aludidos llega a 5 personas por kilómetro cuadrado.
Las Encartaciones se mantuvieron entre 5 y 8 personas por kilómetro cuadrado. Gorduela en el año 1554, tenía 306 vecinos, y en los años 1600, 1616, y 1637 tiene 200 vecinos. Arcentales, de 140 vecinos en el año 1554 pasa a 114 vecinos en los años 1600, 1616, 1637, lo mismo sucede en Carranza, Muzquiz, Zalla, etc. Sigue esta tendencia, durante el resto de reinados hasta llegar a Isabel II, que en el año de 1866, en Juntas Generales indican que en Castilla , había peste.
En el año 1779 reinando Carlos III, dispone en la Juntas de Abellaneda, Tomo 17, página 145, dan una disposición, de quemar la ropa de los muertos, por peste contagiosa.
Esta tendencia de mantener la población en la península Ibérica, durante 300 años, principalmente con motivos de pestes, y emigración a America, origino que países, Europeos, como Francia e Inglaterra, nos pasasen en el mando del continente.
Presento un escrito, sacado de las Juntas de Abellaneda, Tomo I, años 1.554 a 1.569, situado en la página 51 del libro de las juntas. Este escrito lo he copiado del texto antiguo, 1.554, y el texto actual, este ultimo tiene una serie de rayas inclinadas, son las terminaciones de cada línea escrita antiguamente. Si desea saber, algún párrafo escrito, no tiene mas que contar las rayas inclinadas en el texto actual moderno, y en el texto antiguo contar la misma cantidad de líneas ese punto es donde Vd. encuentra la palabra o frase deseada.
Texto actual, o traducción del texto del año 1.554
Y asy estando juntados en la dicha Junta juntamente / con el dicho señor teniente y procurador syndico y estando asy / mismo Puente Hurtado de Mendoça y otros homes / hijosdalgo de las dichas Encartaçiones, se leyó el mandamiento / del dicho Corregidor y çedula real de su Magestad que / en êl biene ynserta su traslado y asy leyda el dicho señor / teniente y procurador syndico y los demas la hobedeçieron y pu / syeron en su cabeça con el acatamiento debido y asy ley/da y obedesçida el dicho señor teniente prosupuso / la neçesydad que su Magestad tenia çerca de lo con / tenido en la dicha çedula y asy presupuesto el dicho / procurador syndico y los otros procuradores de los conçejos/ dixeron que ellos y los vecinos y moradores de las dichas/ Encartaçiones heran leales servidores de su Magestad y antes de/ agora la dicha çedula se habia publicado en el Condado y Se/ ñorio de Bizcaya y que a ella se abia respondido/ y que bisto lo que el dicho Condado y Señorio res/ ponde que ellos no como menos (tachado: serbidores) y les/les servidortes y basallos de su Magestad harán lo que / fueren obligados no engargantes que la tierra está mui/ necesitada por la falta de los mantenimientos/ que en ellai y porque todo el trato de la dicha tierra es/ de fierro y acero y los puertos estan cerrados/ que no se puede pasar de un reyno a otro y que //(folio 52 rº) la dicha cobranza mandaba y mandó se den man(damientos)/ para que se cobren de cada vecino lo que cupiere al (roto) /a los memoriales que estan dados por los dichos (roto)/ guardando la horden y costunbre que en semejan (te ne)/ goçio se suele tener, tubiendo respeto a las/ byudas y huerfanos, y atento que prese(nte)/ la tierra esta necesitada dixo que no se use de los/ mandamientos para la dicha cobrança asta el fyn d(el)/ mes de agosto primero que viene entrante el mes de (se)/ tienbre evçeto en lo que se debe y se sacó para (roto)/ los salarios y costas del doctor Pernia, atento que/ de no se pagar se siguyria mas costa y daño/ a la dicha Junta y vecinos della y asy mismo syen(do)/ ynformado y constandole que del sueño de la/ que suben al auditorio se le debe a Pedro de/ la Llana tres mill maravedis y constandole ser pobre/ dixo que mandaba y mandó se repartan y co/ bre juntamente con los del dicho doctor Pernya/ y por quanto ha benido a su notiçia que ademas/ de los vezinos que estan numerados en las dichas Encartaciones/, de la peña de Mena arriba ay çiertos lugares/ que son Billalaque y Billaran y sus ayudas/ que con asy mismo de las dichas Encartaçiones, que mandaba/ y mandó al dicho Pero Gonçalez de Sobrado, syndico y procurador/ de las dichas Encartaçiones que con su carta requisitoria bay(a)/ a requerir a los dicho vezinos para que contre/buyan con la parte que les cupiere del dicho repar/timiento se (tachado) aga las deligençias nesçesarias en el caso/ so pena de dos mill maravedis para la Camara de su Magestad/ y de pagar el daño que a la dicha Junta le beniere/ y baya a costa de la dicha Junta, pues está ynfor/mado ser en su probecho y asy dixo que lo probeya/ y probeyó, mandaba y mandó. Testigos: Francisco de Yguia/ escrivano y Anton del Casal y Bartolome Çaez de Garay./
Próxima edición hidalgos.


